En el ámbito tributario colombiano, la retención en la fuente es un mecanismo crucial que facilita el recaudo anticipado de impuestos. En el año 2024, estas retenciones están determinadas por una tabla detallada que establece las tarifas, bases mínimas en Unidades de Valor Tributario (UVT), bases mínimas en pesos y las correspondientes tasas de retención. A continuación, desglosaremos la información más relevante de la Tabla de Retención en la Fuente 2024.
¿Qué es la Retención en la Fuente?
La retención en la fuente se define como el mecanismo de recaudo anticipado sobre algunos impuestos. En términos simples, el Estado colombiano recauda progresivamente recursos de ciertos impuestos en el momento en que estos se generan.
Esta estrategia, respaldada por el artículo 367 del Estatuto Tributario, establece tasas y bases específicas para diferentes conceptos, garantizando una experiencia tributaria clara y efectiva para los contribuyentes.
Tabla de Retención en la Fuente 2024
A continuación, presentamos algunos ejemplos destacados de la tabla de retención en la fuente para el año 2024, con un valor de UVT de $47.065:
Compras Generales
- Declarantes: 2,50% de retención con una base mínima de 27 UVT o $1.271.000.
- No declarantes: 3,50% de retención con una base mínima de 27 UVT o $1.271.000.
- Compras con Tarjeta Débito o Crédito 1,50% de retención con base mínima de 0 UVT o $0.
- Compras de Bienes o Productos Agrícolas o Pecuarios Sin Procesamiento Industrial: 1,50% de retención con base mínima de 92 UVT o $4.330.000.
- Con Procesamiento Industrial (Declarantes): 2,50% de retención con base mínima de 27 UVT o $1.271.000.
- Con Procesamiento Industrial (No Declarantes): 3,50% de retención con base mínima de 27 UVT o $1.271.000.
Estas son solo algunas de las categorías incluidas en la extensa tabla de retención en la fuente para el año 2024. Calendario tributario 2024
Es crucial que todos los contribuyentes revisen detenidamente las tasas y bases aplicables a sus actividades específicas para garantizar un cumplimiento tributario adecuado.
Aspectos Clave sobre Retención en la Fuente según la Reforma Tributaria de 2022
La Reforma Tributaria de 2022 trajo consigo cambios significativos en la aplicación de la retención en la fuente. Ahora, no solo se aplica a los empleados, sino también a los proveedores que generan cuentas de cobro, incluso si no emiten factura electrónica.
Retención para No Obligados a Facturar
La ley establece que la retención en la fuente se aplica a proveedores no obligados a emitir factura electrónica, además de los empleados. Los trabajadores independientes deben sumar y gravar todas las fuentes de ingresos mensuales con la misma tarifa que se aplica a los empleados. Es importante destacar que la retención en la fuente solo se aplica a empresas pertenecientes al régimen ordinario.
Deducciones según la Reforma Tributaria de 2022
Las deducciones de retención en la fuente para independientes y proveedores no obligados a facturar electrónicamente dependen de factores como el monto del pago, la calidad de declarante o no declarante de renta, y la aplicación de la tabla de asalariados del artículo 383 del estatuto tributario.
A continuación, se detallan algunas de las deducciones:
- Retención por Servicios: Tarifa del 4% si es declarante y del 6% si no lo es, con base mínima de 4 UVT ($1.145.000 en 2023).
- Retención por Honorarios: Tarifa del 10% si es declarante y del 11% si no lo es, con base mínima de 27 UVT ($3.091.500 en 2023).
- Retención por Salarios o Ingresos Laborales: Varía según el rango de ingresos, con base mínima de 95 UVT ($10.862.500 en 2023).
Esta información proporciona una visión general de la retención en la fuente en 2024 y destaca las modificaciones clave introducidas por la Reforma Tributaria de 2022. Es esencial que los contribuyentes se mantengan actualizados y busquen asesoramiento profesional para cumplir con sus obligaciones tributarias de manera efectiva.